El pasado miércoles, el gobierno de la nación sacó adelante por un voto y con la abstención de Junts, dos de sus tres Decreto-ley. Uno de ellos era el apodado “ómnibus” porque en un mismo decreto incluía reformas en la Justicia y en la Función Pública, la reforma del subsidio por desempleo y el paquete de medidas anticrisis para 2024.
La primera trampa, habitual en el gobierno actual, es utilizar el procedimiento de Decreto-ley en lugar de Proyecto de Ley, porque de esta forma evita los dictámenes preceptivos en cada caso, aunque no sean vinculantes, del Consejo de Estado o del Poder Judicial, y agiliza los tramites cuando tiene prisa, que es casi siempre.
Sin tener en cuenta que la Constitución, en su artículo 86, dice:
- En caso de extraordinaria y urgente necesidad, el Gobierno podrá dictar disposiciones legislativas provisionales que tomarán la forma de Decretos-leyes y que no podrán afectar al ordenamiento de las instituciones básicas del Estado, a los derechos, deberes y libertades de los ciudadanos regulados en el Título I, al régimen de las Comunidades Autónomas ni al Derecho electoral general.
- Los Decretos-leyes deberán ser inmediatamente sometidos a debate y votación de totalidad al Congreso de los Diputados, convocado al efecto si no estuviere reunido, en el plazo de los treinta días siguientes a su promulgación. El Congreso habrá de pronunciarse expresamente dentro de dicho plazo sobre su convalidación o derogación, para lo cual el reglamento establecerá un procedimiento especial y sumario.
- Durante el plazo establecido en el apartado anterior, las Cortes podrán tramitarlos como proyectos de ley por el procedimiento de urgencia.
Cosa que no ha sucedido, el “tramitarlos como proyectos de ley por el procedimiento de urgencia”, en buena parte de los que ha sacado adelante, que todavía duermen el sueño de los justos esperando el mejor momento para debatirlos en el Congreso.
De esta forma se actúa esperando a que su Decreto-ley sea de uso común y, por tanto, irreversible. Como ocurrió con el arbitrario cierre de las Cortes durante la infección de Coronavirus, que fue declarado inconstitucional cuando ya había pasado la pandemia.
La segunda, también habitual y extremadamente impresentable, es utilizar el truco de incluir en un mismo paquete, el que se debe aprobar o rechazar como un todo, asuntos sin ninguna relación entre ellos.
En el caso que nos ocupa, por ejemplo, si cada uno de los Decreto-ley se hubiera presentado por separado, una mayoría de la cámara habría aprobado algunos de ellos sin ningún problema, la mayoría de los “los sociales” y, posiblemente, rechazado los referentes a Justicia y Función Pública porque son especialmente delicados y, en algún caso, rozan o superan los límites de lo constitucional.
Técnica, la de las “propuestas ómnibus”, que jamás ha utilizado el PSOE cuando estaba en el gobierno. Siempre presentaban y defendían las propuestas por separado para que se pudieran votar libremente y sin ningún tipo de malentendido.
Pero de esta forma, la mecánica habitual del PSOE actual es sencilla y torticera, porque gane o pierda las votaciones, el relato del gobierno siempre es el mismo: quien no apoya lo propuesto es un enemigo de los trabajadores porque les niega las medidas anticrisis, por ejemplo. Es un truco sucio, un auténtico chantaje político repetido constantemente, pero que les funciona.
Porque si algo hacen bien, muy bien, es manipular con descaro la opinión pública.