Barcelona está sumida en un grave caos social porque los taxistas de la ciudad han decidido movilizarse para que el Ayuntamiento retire o limite las licencias de los coches de alquiler con conductor, que son una de sus competencias actuales.
Pero hace unos días, el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya declaró que el Área Metropolitana de Barcelona: “Carece de potestad reglamentaria para regular el arrendamiento de vehículos con conductor. Un argumento con el que el tribunal mantiene vigente la suspensión cautelar del reglamento metropolitano que pretendía restringir este tipo de licencias VTC.
El tribunal es consciente de que la suspensión cautelar del reglamento puede perjudicar al sector del taxi, que puede resultar gravemente afectado por la competencia de los vehículos con autorización VTC”, admite el auto, que concluye, no obstante, que la AMB no tiene competencias sobre este tipo de licencias, sino sólo en lo que respecta al taxi.
El recurso, presentado por la Comisión Nacional de Mercados y Competencias (CNMC), ha propiciado la suspensión cautelar del TSJC, pese a que el Supremo avaló el límite de 1 licencia de VTC por cada treintena de taxis en pro del “interés general””(La Vanguardia 28/7/18)
Es decir, los Ayuntamientos tienen capacidad legal para regular los servicios de taxi de sus respectivas localidades, pero no para tomar medidas de ningún tipo sobre los coches con conductor.
El caso es que los taxistas insisten en querer bloquear este nuevo servicio y para conseguirlo han pasado de la queja a la protesta, y de ahí a la algarada y a la ocupación ilegal de calles y plazas de la ciudad, dificultando, incluso paralizando, la libre circulación de vehículos.
No entiendo de razones jurídicas y mucho menos en un tema tan complejo que atañe a jurisdicciones locales, nacionales, e incluso de la Comunidad Europea, pero hay una cosa que está muy clara.La huelga, definida como “forma de protesta de los trabajadores consistente en el cese del trabajo hecho de común acuerdo con el fin de conseguir mejoras laborales o sociales” está recogida en la Constitución, concretamente en el artículo 28.2, en el que “se reconoce el derecho a la huelga de los trabajadores para la defensa de sus intereses. La Ley que regule el ejercicio de este derecho establecerá las garantías precisas para asegurar el mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidad”.
El primer problema, y muy importante, es que la ley que se invoca en el artículo nunca se ha abordado en el Congreso. Y no se ha hecho por cobardía manifiesta de los partidos de izquierda, a los que considerarían desleales y traidores a las esencias de la lucha obrera, y de los de la derecha, para que no les tachen de recortadores de derechos sociales, y de ser partidarios del sindicalismo vertical de la época de Franco.
Y, por esa razón, tenemos lo que tenemos. La huelga se concibió como herramienta de presión a las empresas para forzarlas a negociar mejoras salariales, sociales o de condiciones laborales, pero en un momento determinado los grandes colectivos descubrieron que era mucho más eficaz tomar como rehenes a la ciudadanía, a la que no dudan en perjudicar de forma indiscriminada y salvaje “porque ellos tienen razón”. Y lo seguirán haciendo “hasta el final”, frase estas tan de moda desde hace una década.
Y no importa en absoluto que en el atasco hayan personas mayores, o enfermas, o que iban a comenzar sus vacaciones, o que se dirigían a su puesto de trabajo. O a tomar una cerveza con sus amigos, que tanto da.
Eso sin contar las molestias menores y la mala imagen que se está dando de Barcelona en particular y de España en General. Pero, claro. Ellos tienen un problema y se consideran cargados de razón y, lo que es más grave, de inmunidad.
Pero los ciudadanos y la imagen de la ciudad no importan. Son simples daños colaterales porque los alborotadores se sienten cargados de razón. Y “van a conseguir” lo que se proponen.
Y, otra vez, la cobardía de los políticos y de las autoridades responsables de mantener el orden público. Yo no quiero que carguen contra ellos o que retiren los taxis con excavadoras. No son tiempos de tomar estas medidas, que tampoco son necesarias.
Cargar contra esos veinte manifestantes que bloquean una carretera incendiando cubiertas de automóvil si no obedecen a la autoridad, sí. Pero contra los cientos de taxis parados no. Es mucho más sencillo, y seguramente mucho más eficaz, tomar las matrículas de cada uno de ellos e imponerles la sanción máxima posible con cobro ejecutivo. Que hoy en día, si las multas se pasan a cobro ejecutivo nadie se libra de pagarlas. Como hace la Guardia Civil en las carreteras.
Y, claro, luego está el Artículo 65.4, de la “norma de conducir por puntos”, que considera faltas muy graves, sancionables con hasta 6, alguno de los supuestos previstos en la norma. Como los siguientes:
b) Paradas y estacionamientos en lugares peligrosos o que obstaculicen gravemente la circulación constituyendo un riesgo u obstáculo para la circulación, especialmente de peatones, en los términos que se determinen reglamentariamente.
j) No respetar las señales de los agentes que regulan la circulación.
¡No me digan que no tienen herramientas legales para proteger a los cientos de miles, quizás millones, de perjudicados por esta moda de machacar al ciudadano en su beneficio! Adviértanles de que sufrirán sanciones económicas y retirada de puntos. Y si siguen en su actitud, ejecuten.
Y sin querer marcar similitudes, que no las hay, la Kale Borroka se acabó cuando los que quemaban autobuses, o sus padres, tuvieron que pagar los daños producidos.
Y con ello no quiero decir, ni mucho menos, que los taxistas no tienen razón, porque lo desconozco. Pero de lo que sí que estoy seguro es de que este no es el método. Y que la responsabilidad, aun siendo ellos los infractores, no es suya. Es de los que consienten que estas cosas ocurran pudiendo evitarlo por miedo a parecer como los malos de la película.
Protestas y manifestaciones autorizadas sí, porque tienen todo el derecho. Tomar las calles no.
Ley de huelga pronto, por favor.