Insisto, en mi opinión, el Tribunal Constitucional no forma parte del Poder Judicial.

Me habrán leído decir que tengo por norma no juzgar ni comentar asuntos que estén en proceso judicial porque confió en la justicia española y en qué sus sentencias, recurridas o no, son las ajustadas a la ley, con independencia de las presiones de unos y otros sobre los jueces titulares de las causas.

Pero cuando hablo de tribunales, me refiero a los que integran el Poder Judicial, entre los que, como he comentado en otras ocasiones, no está el Constitucional.  

Y no lo digo por decir. Lo hago porque la Constitución así lo especifica, ya que no lo incluye en el Título VI, el que describe las misiones y funciones del Poder Judicial, sino en el IX, que es uno propio.

Por lo que el Tribunal Constitucional, tribunal especial de garantías, no forma parte de la justicia y por eso no se requiere que sus miembros sean magistrados.

Artículo 159,

2. Los miembros del Tribunal Constitucional deberán ser nombrados entre Magistrados y Fiscales, Profesores de Universidad, funcionarios públicos y Abogados, todos ellos juristas de reconocida competencia con más de quince años de ejercicio profesional

Y, entrando en el tema que quiero tratar, este mismo artículo, en el apartado 4, dice que

4. La condición de miembro del Tribunal Constitucional es incompatible: con todo mandato representativo; con los cargos políticos o administrativos; con el desempeño de funciones directivas en un partido político o en un sindicato y con el empleo al servicio de los mismos; con el ejercicio de las carreras judicial y fiscal, y con cualquier actividad profesional o mercantil.

La letra es la que es, pero está muy claro que los redactores de este texto no aceptarían el hecho de que un miembro de este tribunal deje un cargo de compromiso político el día anterior de ser elegido para el tribunal. Y cuando digo el día anterior me refiero a un plazo razonable, que deberías ser nunca, como ha ocurrido con alguno de sus miembros, porque es imposible que no estén contaminados para decidir sobre asuntos sobre los que se han manifestado cuando ocupaban el cargo político.

Póngase como ejemplo a Juan Carlos Campo Moreno, que ha pasado de ser ministro de justicia a miembro de este tribunal. No es el único caso de nombres que no deberían formar parte del Constitucional, pero sí uno muy representativo de lo que no es ético ni estético por mucho que lo permitan las leyes actuales. Un auténtico fraude a la propia Constitución.

Un Juan Carlos Campo que, siendo ministro, manifestó que la Ley de Amnistía era inconstitucional.

Y por eso, como he dicho en otras ocasiones y precisamente porque no forma parte del Poder Judicial ni a sus miembros se les exige ser magistrados, solo expertos en Constitución, este tribunal no es, de ninguna manera, un tribunal de casación.

Es un tribunal de garantías que tiene como misión asegurarse de que las leyes emanadas por el gobierno o las autonomías se ajustan a la Constitución, o que no se han vulnerado los derechos de los reos ni sus garantías procesales mientras fueron juzgados.

Y, en caso de que se incumpla alguna de estas condiciones, pueden decretar la anticonstitucional de una ley, lo que la deja sin efecto, u ordenar que se repita un juicio.

Nunca reinterpretar la sentencia de un tribunal y mucho menos si se trata del Tribunal Supremo, que, según la Constitución es la última “voz de la justicia” reconocida en España y el único autorizado a encausar al gobierno de la nación si comete algún acto criminal.

Tenemos que, por razones no previstas por la Constitución, aunque sean legales, el bloque formado por el gobierno y los grupos que le apoyan, todos ellos por razones espurias y no por el bien de la nación, han conseguido colocar en el Constitucional a personas con mentalidad de partido que, según se teme y se está demostrando, defienden los intereses del gobierno por encima de su función orgánica, provocando que este tribunal se extralimite en sus funciones cuando actúa como de casación.

En la legislación actual, cuando se quiere reestudiar una condena, como ocurre cuando hay un recurso, el tribunal encargado de atenderlo revisa las pruebas, comprueba las declaraciones de los testigos, escucha a las fuerzas de orden y, después de un trabajo especialmente profesional, deciden si la sentencia original era la correcta desde el punto de vista de la ley, o hay que establecer alguna corrección.

Pero estos señores, que ni siquiera necesitan ser jueces y que no tienen que ser expertos en leyes, sino en Constitución, se reúnen, leen el recurso y deciden con argumentos puramente políticos, si no ideológicos, anulando o rectificando sentencias de los grandes profesionales del Tribunal Supremo, con currículums profesionales realmente impresionantes y reconocidos como los más expertos en leyes nacionales.

Y con argumentos tan peregrinos como que un político que haca una propuesta que necesita la aprobación del parlamento, no es responsable de lo propuesto porque es el parlamento y no él, quien lo decide. O, en el caso de Griñán, que el hecho de que Intervención le mandara hasta tres informes denunciando lo que estaba pasando no demuestra que él los recibiera.

De aurora boreal.

Ya he dicho en otra ocasión que, con este argumento, los que ordenan fusilamientos nunca han sido responsable de los asesinatos porque no son ellos los que aprietan el gatillo del arma que mata, sino los componentes del pelotón de fusilamiento.

Y, si analizamos las últimas decisiones del Constitucional anulando delitos de malversación a los condenados por los ERES de Andalucía, ¿quién tiene que devolver la parta ilegal de los seiscientos millones defraudados, la parte “regalada”? ¿El parlamento andaluz?

Porque si no son los promotores, alguien deberá hacerlo

Lo cierto es que España siempre ha sido diferente, pero estamos llegando al esperpento de ser una nación modelo “amanece que no es poco”, de improvisaciones y ocurrencias, que está perdiendo el prestigio internacional de nación con una Constitución moderna y con unos tribunales de justicia garantistas y respetuosos con los derechos procesales de los investigados o encausados por nuestros tribunales de justicia.

Una nación que, por todo lo dicho anteriormente y por otras cosas más de índole parecida, cada vez se parece menos a aquella que nos ilusionó y hermanó cuando redescubrimos la democracia.

Valencia, 9 de julio de 2024

José Luis Martínez Ángel

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