¿Huelga o manifestación ilegal? El problema de los camioneros y la muy necesaria ley de huelga

Como España es como es, tan aficionada a empezar cosas brillantes y tan poco a rematarlas como se debe, en este momento nos encontramos en una situación totalmente esperpéntica, porque los cambios en los tiempos no se han acompañado con la actualización en las leyes. Y me explico:

El derecho de huelga, contemplado en la Constitución, está fundamentada en que los obreros, los empleados de una empresa, pueden convocarlas para denunciar irregularidades de patronos injustos y presionarles para que soluciones problemas salariales, de abusos, o de cualquier otro tipo. Es decir, las huelgas iniciales, las primeras, requerían la presencia de un patrón deshonesto y de trabajadores reivindicativos.

Planteamiento que prevalecía casi intacto cuando llegó la democracia, porque durante la dictadura, ese derecho quedó invalidado. Hubo algunas huelgas, sí, pero todas eran ilegales, lo que permitía a las autoridades reprimirlas con fuerzas de orden público, incluso con las de antidisturbios si era necesario. Y de eso saben mucho “los grises” de entonces que, en su mayoría, no hacían más que obedecer órdenes.

Pero los tiempos han cambiado y ha crecido de forma exponencial el número de autónomos, hasta el punto de que en este momento hay gran cantidad de colectivos de mini empresarios,  patrones de sí mismos, que no tienen a quién reclamar derechos si no es el gobierno de turno, que no es su patrón, pero es el que regula con leyes gran parte de las materias que les afectan directamente.

Y, por esta razón, no pueden convocar huelgas, solo cierres patronales y manifestaciones, porque, repito, el gobierno no es su patrón formal, ni tampoco acogerse a los derechos de los huelguistas convencionales. Son, en pleno Siglo XXI, una especie de proscritos legales, porque ni siquiera, siendo patrones, entran dentro de los supuestos legales para cesar en su actividad:

25.3. El cierre patronal

Es el cierre del centro de trabajo decidido por el empresario, en caso de huelga o cualquier otra modalidad de irregularidad colectiva en el régimen de trabajo, cuando concurra alguna de las circunstancias siguientes:

  • Notorio peligro de violencia para las personas o de daños graves para las cosas.
  • Ocupación ilegal del centro de trabajo o peligro cierto de que se produzca.
  • Inasistencia o irregularidades en el trabajo de tal volumen que impidan gravemente el proceso normal de producción.

Es decir, la sociedad ha evolucionado mucho, pero la legislación continúa exactamente igual que en los años 70, salvo algunas modificaciones que no afectan al hecho de que hay millones de colectivos en auténtica indefensión legal ante determinadas circunstancias que les perjudican.

Y tenemos el caso paradigmático y actual del colectivo de autónomos del transporte, los camioneros, la mayoría de ellos propietarios de un solo camión, cuyos ingresos proceden en su mayoría de subcontrataciones de empresas del llamado Comité de Transportes, muchas de las cuales casi no tienen camiones en propiedad y se valen de los autónomos para hacer frente a sus contratos.

Es decir: Tenemos empresas con pocos empleados y pocos camiones, únicos interlocutores con el gobierno de la nación y miles, muchos miles, de autónomos sin voz ni voto que son, en su mayoría, los que realmente realizan los trabajos.

Con la guinda de unos sindicatos absolutamente amortizados que viven de las subvenciones que recibe a cambio de servir de coartada legal para las decisiones del gobierno y a los que les importa un pito los trabajadores que “no trabajan”, los que están en paro o no están colocados en empresas, especialmente en grandes empresas o en la administración pública.

Y abriendo un paréntesis y hablando de huelgas legales, que no es el caso de las movilizaciones actuales de los camioneros, resulta que este gobierno clarividente, por dar satisfacción a sus socios de la izquierda, suavizó la ley que penalizaba las actuaciones violentas de los llamados “piquetes informativos”, concretamente el artículo 315 del Código Penal, pensando que los trabajadores solo hacían huelgas a los gobiernos del PP.

Y lo hizo con un preámbulo populista como es este gobierno, absolutamente impropio del BOE, que en uno de los párrafos decía: «Desde la llegada al Gobierno del Partido Popular en diciembre de 2011, se inició un proceso constante y sistemático de desmantelamiento de las libertades«.

Y se apostillaba con otro párrafo del mismo preámbulo que dejaba entrever que los jueces aplicaban la “forma agravada” a cada uno de los casos, con este texto:  “Así, se ha aplicado la forma agravada de coacciones prevista en el artículo 315, apartado 3, del Código Penal, sobre la más atenuada de coacciones genéricas, aunque en la mayoría de los casos los hechos no puedan ser entendidos como violentos o coactivos y, en consecuencia, como un riesgo cierto para la integridad de las personas o de los bienes o instalaciones donde se desarrollan. Con esta aplicación de la ley se ha tratado de disuadir a los ciudadanos de ejercer su derecho a la huelga y, en consecuencia, su libertad sindical”

Y digo que era un ataque directo a los jueces, porque son ellos los únicos que pueden aplicar la forma “más agravada” o más favorable para los denunciados en cada caso, dentro de la horquilla interpretativa que les permite la ley.

Y ahora se encuentran con las manos atadas porque parte de los desmanes que están cometiendo los camioneros, muy pocos, pero muy difundidos, pierden carga delictiva.

Es más, en ese mismo decreto, se pedía una revisión de las sentencias dictadas por alguna de estas causas: «Procederá la revisión de las sentencias firmes dictadas de conformidad con la legislación derogada«.

¿Y porqué ocurren todas estas cosas? Como siempre por la inoperancia y la cobardía de la clase política de todos los partidos, sin ninguna excepción, que no se han atrevido a abordar un problema, cada vez más complicado, haciendo lo que deben hacer:

Abordar y consensuar una ley de huelga que permita dejar de ir a remolque de los acontecimientos, aplicando parches legales para solucionar situaciones puntuales a conveniencia de los partidos en el gobierno.

Como ha sido el caso

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